Si tu contrato de alquiler termina en 2027, la pregunta es sencilla: ¿puedo quedarme? Desde el 8 de octubre, quizá sí, hasta dos años más. Con condiciones.
El Real Decreto-ley 29/2026, fechado el 6 de octubre y publicado en el BOE el 7, crea una prórroga extraordinaria, a petición del inquilino, para contratos de vivienda habitual que terminen antes del 31 de diciembre de 2028. Se concede por anualidades, hasta dos años, y exige estar al corriente de la renta durante los ocho meses anteriores. Hasta el 31 de diciembre de 2027 se mantiene además el límite a las actualizaciones anuales: si la renta supera el límite de referencia no puede subir; en el resto de casos, rige lo pactado o, si no hay pacto, un máximo del 2%.
Lo que más afecta al archipiélago son los alquileres de temporada y de habitaciones. El contrato de temporada debe tener una causa real y acreditable, superar los 31 días y, por regla general, no pasar de 12 meses. Si dura más sin justificación, o si se encadenan más de dos contratos entre las mismas partes sobre la misma vivienda, se considera de vivienda habitual desde el primero. En el alquiler por habitaciones, la suma de las rentas no puede superar la de la vivienda completa.
Sobre los pisos turísticos hay matices. En zonas de mercado residencial tensionado, los ayuntamientos podrán aplicar recargos del IBI de hasta el 50% a alojamientos turísticos, hasta el 100% para quien tenga dos o más inmuebles y hasta el 150% con cuatro o más. El problema, según elDiario.es, es que Canarias no tiene hoy zonas tensionadas reconocidas: los municipios deben iniciar el trámite, pero la declaración corresponde al Gobierno regional. Cuatro ayuntamientos, según el diario, ya la han solicitado sin respuesta. Hasta que llegue, esas medidas no se aplican.
En lo fiscal, el decreto fija un IVA del 10% desde el 1 de diciembre para alquileres amueblados de hasta 30 noches. Libertad Digital afirma que en Canarias, donde rige el IGIC, esta medida no se aplica; no he encontrado una segunda fuente que lo confirme, así que conviene consultarlo con un asesor.
Para quien compra, el texto prevé préstamos ICO sin intereses de hasta 50.000 euros para la entrada de la primera vivienda, aunque la línea aún no está activa. El presidente canario, Fernando Clavijo, criticó el enfoque: el problema «no se puede resolver en 48 horas» y «no todo el peso puede recaer en los propietarios». El decreto debe ser convalidado por el Congreso en un mes, así que el contenido podría cambiar.
Sobre el efecto en el mercado, las cifras que circulan son discutidas. Lo seguro es que los pequeños propietarios están calculando si compensa alquilar a largo plazo con estas reglas, y la respuesta depende, por ahora, de normas que cambian más deprisa de lo que se tardan en leer.