Prohibido pagar en efectivo más de 2.500 euros

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Prohibido pagar en efectivo más de 2.500 euros ….según la nueva ley antifraude aprobada por el Gobierno, cuyas demás medidas entraron en vigor el pasado 31 de octubre de 2012.

Los residentes y sus empresas no pueden realizar pago en efectivo que igualen o superen los 2.500 euros, salvo en ciertas situaciones excepcionales.

España sigue los pasos de otros estados europeos, la regla afecta a las operaciones por dicho importe, siempre que una de las partes sea empresario o profesional.

La ley precisa tres excepciones: los intercambios entre particulares, los pagos e ingresos efectuado en los bancos y las compras realizada por personas que, no siendo empresarios o profesionales, tienen domicilio fiscal fuera del país.

En este último caso que se refiere principalmente a los turistas, y el importe máximo se eleva hasta los 15.000 euros.

El incumplimiento de esta limitación, conlleva una infracción administrativa tanto para el pagador como para el receptor, con una sanción del 25% del valor del pago total realizado.

Con el fin de facilitar la efectividad de esta medida, la norma contempla que el contribuyente que voluntariamente comunique el pago en efectivo a la Agencia Tributaria antes del transcurso de tres meses será exonerado de la sanción.

Para ello, la AEAT ha puesto un enlace en su página web a disposición de los contribuyentes.

El propósito de Hacienda es lo de seguir el rastro que las transacciones dejen con la finalidad de luchar en contra de lo que mueven el dinero “negro” intentando disminuir la práctica de la evasión Fiscal en un momento económico tan incierto como lo actual.

La limitación del uso de efectivo afecta a dodos los medios de pago que no dejan rastro: dinero metálico, cheques al portador y procedimientos electrónicos que no identifiquen a las partes.

La ley empuja pro tanto hacia un uso más intenso de las tarjetas de (crédito y debito) y las transferencias bancarias, lo que reportará ingresos en comisiones al sector financiero.

También retirar del propio banco un importe igual o superior a 6.000 euros, puede conllevar un control de Hacienda.

Y no parece afuera del tema, aun reglado con una ley diferente, acordar a nuestros lectores que el dinero en efectivo que cada ciudadano puede llevar entre un país y el otro en la Unión Europea, no puede superar los 10.000 euros.

Si el importe supera dicha cantidad, es preciso rellenar y entregar la “Declaración de Movimiento de medios de pago” mediante el Modelo S-1 a la Agencia Tributaria

Abogada Civita Masone

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