Noventa contra diez. Ese es el número que hay que recordar para entender la ley que, desde el 13 de diciembre de 2025, ha cambiado las reglas del alquiler turístico en Canarias: en cada municipio, al menos el 90% de las viviendas debe mantenerse en uso residencial, y solo el 10% puede destinarse a uso turístico. En las llamadas "islas verdes" —El Hierro, La Gomera y La Palma— el margen sube al 20%, un reconocimiento de sus economías más frágiles y menos dependientes del turismo masivo.
La Ley 6/2025 de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, publicada en el Boletín Oficial de Canarias el 12 de diciembre de 2025 y en vigor desde el día siguiente, es la primera norma del archipiélago que regula por ley —y no solo por vía administrativa— el alquiler vacacional. El principio es sencillo de enunciar y complicado de aplicar: son los cabildos y ayuntamientos, y ya no cada propietario, quienes deciden qué zonas de cada isla pueden acoger nuevas viviendas vacacionales y cuáles no.
Ocho meses después de su entrada en vigor, el balance sigue siendo candente. La Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (ASCAV) reaccionó con dureza desde el primer momento, alegando que la norma perjudicará la economía local, reducirá la oferta de alojamiento turístico, encarecerá los precios y penalizará sobre todo a los pequeños propietarios que viven de esta actividad a tiempo parcial. Desde el lado contrario, el Ejecutivo regional defiende la ley como una herramienta necesaria frente a la masificación turística y la presión sobre el mercado de la vivienda, un tema que en los últimos años ha alimentado protestas en varias islas.
La norma, de hecho, no llegó tan rígida como en su redacción inicial. Tras casi 3.000 alegaciones recibidas durante el trámite de información pública, el Gobierno canario ya había flexibilizado algunos requisitos: la superficie útil mínima bajó de 39 a 25 metros cuadrados para las viviendas que cumplan ciertas condiciones (aparcamiento vinculado, piscina, certificaciones de sostenibilidad, punto de recarga eléctrica o acreditación de generación de empleo), y cayó la obligatoriedad general del cargador para vehículos eléctricos. Los ayuntamientos deben elaborar un plan de inspección de viviendas vacacionales en un plazo máximo de seis meses y ejecutarlo en cuatro años.
En los primeros meses de 2026, según ha informado la prensa local, el Gobierno impulsó además una modificación de la ley para introducir una moratoria de un año que dé más margen a las viviendas vacacionales existentes para adaptarse a la nueva obligación de tramitar la actividad como "actividad clasificada" ante su ayuntamiento, un detalle técnico que, según el sector, amenazaba con dejar fuera de norma a miles de alojamientos que ya operaban conforme a la legislación anterior.
Para quien vive todo el año en Canarias, la pregunta sigue siendo práctica: ¿logrará la ley liberar realmente viviendas para la población residente, o se limitará a desplazar el problema? La respuesta probablemente solo llegará cuando los planes de inspección municipales, aún en elaboración en muchas islas, empiecen a arrojar datos concretos sobre el número de alojamientos regularizados o excluidos del mercado turístico.

