Imaginen un texto que, leído por una persona, parece escrito de forma completamente natural, pero que contiene, oculta entre las palabras, una firma estadística legible solo por un software específico. No es ciencia ficción: desde el 2 de agosto de 2026 es lo que la Unión Europea exige, por ley, a quien genere contenidos con inteligencia artificial en territorio comunitario.
La obligación nace del artículo 50 de la Ley de IA, que entró plenamente en vigor en esa fecha, y es el primer intento a escala continental de hacer rastreable de forma sistemática lo que una IA genera, ya sea texto, imagen o audio. El principio guía, según el Código de Buenas Prácticas que acompaña a la norma, es que ninguna técnica de marcado basta por sí sola: los proveedores deben combinar metadatos firmados digitalmente, marcas de agua imperceptibles y, como red de seguridad, fingerprinting o sistemas de registro.
Para entender cómo funciona en la práctica, tomemos el caso del texto. Una tecnología como SynthID de Google actúa desplazando ligeramente la elección de palabras según un patrón pseudoaleatorio: el texto se lee de forma completamente normal, pero sobre un número suficiente de palabras se acumula una firma estadística que un software de verificación puede reconocer. Para imágenes y audio, el principio es similar, aunque la señal se incorpora de forma invisible o inaudible directamente en el archivo.
Anthropic ha anunciado que los modelos Claude lanzados a partir del 2 de agosto de 2026 admiten el marcado desde su debut, integrando marcas de agua invisibles en el texto generado por el chatbot. Es una señal de cómo las principales empresas del sector se están moviendo en paralelo al plazo normativo, más que reaccionando después.
Las sanciones para quien no cumpla no son simbólicas: se habla de multas de hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación global anual de la empresa, lo que sea mayor. Es una cifra pensada para pesar tanto en una startup como en un gigante tecnológico, y marca un cambio de ritmo respecto al enfoque más laxo con el que, hasta hace poco, la Unión Europea había tratado la trazabilidad de los contenidos generados por IA.
Durante la investigación para este artículo no surgió ningún vínculo directo y verificable entre esta normativa y empresas o instituciones de las Islas Canarias: se trata, a todos los efectos, de un giro regulatorio global que afecta a cualquiera que use herramientas de inteligencia artificial generativa, desde el turista que genera un pie de foto para una publicación hasta la redacción que recurre a la IA para un primer borrador.

