El 1 de octubre vencía un régimen que muchos daban por terminado, y el Gobierno canario lo renovó justo a tiempo. El Consejo de Gobierno aprobó el 28 de septiembre un decreto ley que prorroga durante el último trimestre de 2026 dos medidas fiscales sobre la energía, a propuesta de la consejera de Hacienda, Matilde Asián. Lo recogen RTVC y Moncloa.
La primera medida es el tipo del IGIC al 0 por ciento en determinados productos energéticos. El objetivo declarado es “evitar que la finalización de las medidas, actualmente vigentes, se traduzca en un incremento de los costes”. La segunda es la devolución parcial extraordinaria del impuesto especial sobre los combustibles derivados del petróleo, para gasolina y gasóleo profesionales. El texto la dirige, en palabras que cita RTVC, “fundamentalmente a agricultores y transportistas”. El decreto rige del 1 de octubre al 31 de diciembre.
Detrás hay un contexto que las fuentes señalan sin ambigüedad: la crisis de Oriente Medio y unos costes energéticos y de transporte que siguen pesando. Asián lo presentó como “la respuesta a los efectos negativos que los costes energéticos y de transporte siguen teniendo”.
El mecanismo es menos simple que los titulares. Las medidas no están garantizadas todo el trimestre: en noviembre y diciembre dependen de la evolución mensual de los precios de los carburantes respecto al mismo mes del año anterior, con un umbral del 15 por ciento. Las dos fuentes consultadas describen de forma no del todo igual cómo actúa ese umbral sobre el tipo del IGIC, así que en ese punto remitimos al texto del decreto más que a un resumen. Lo que ambas confirman es que el INE publica el IPC de septiembre a mediados de octubre y el de octubre en noviembre: esos dos datos dirán cómo acaba el año.
Para la devolución del combustible profesional existe una escala de tipos por mil litros que cambia según el umbral. Las cifras de las fuentes son coherentes, pero la unidad es tal que conviene comprobarlas en el texto oficial antes de citarlas como coste por litro, y no las reproducimos.
Hay un trámite político que recordar. Según Moncloa, el decreto debe ser convalidado por el Parlamento de Canarias en el plazo de un mes, como todo decreto ley. El Gobierno es el de Fernando Clavijo.
Para quien vive del campo y de la carretera, lo sustancial es práctico. Un transportista que reposta en Canarias y un agricultor que arranca un tractor o una bomba de agua cuentan cada mes lo que cuesta el gasóleo. La medida no baja el precio en el surtidor de forma visible para todos, pero mueve el coste fiscal de quien usa el combustible para trabajar.
Queda una pregunta abierta que ni el decreto ni las fuentes resuelven: qué pasará a partir del 1 de enero. De momento el calendario llega hasta el 31 de diciembre y luego dependerá de nuevas decisiones.

